CaballoyRodeo.cl Anuversario 20 AñosFederación Criadores de Caballos Raza Chilena
Caballo y Rodeo
Portal oficial de la Federación Criadores de Caballos Raza Chilena y la Federación del Rodeo Chileno

Anuario de 1987: El primer reglamento de corridas en vacas

Anuario de 1987: El primer reglamento de corridas en vacas
Revisa este artículo histórico.

En el Anuario de 1987 de la Federación del Rodeo Chileno se recuerda el primer reglamento para Rodeos a la Chilena, aprobado en 1929.

Revisa la transcripción de este artículo histórico:

El primer reglamento de corridas en vacas

A comienzos de año –en marzo para ser precisos-, el Ministerio de Justicia aprobó la modernización de nuestros estatutos y reglamentos. Tal cosa no es más que el producto de la permanente búsqueda, por parte de las autoridades del rodeo, de dotar a la actividad corralera de mecanismos acordes con los tiempos actuales.

Y hace 58 años -¡58 años!- que en el Diario Oficial, precisamente el 18 de octubre, se promulgó EL PRIMER REGLAMENTO PARA RODEOS A LA CHILENA.

Más o menos todos conocemos las leyes deportivas que nos rigen por estos días; sin embargo, muy pocos conocen el tenor de aquel primer reglamento. Aquí se lo presentamos.

DECRETO N° 3.133, DE 18 DE OCTUBRE DE 1929 APRUEBA REGLAMENTO PARA RODEOS A LA CHILENA. (B.O. N°81, PAG. 1793)

Vistos estos antecedentes de acuerdo con la letra a) del artículo 4° de la Ley N° 4546 de 29 de enero de 1929.

Decreto:

Apruébase el Reglamento para juzgar las corridas de Vacas o Rodeos a la Chilena, confeccionado por el Consejo Superior de Fomento Equino y aprobado en la 14ª sesión celebrada el 3 de octubre del presente año conforme al impreso que se acompaña.

Tómese razón, regístrese comuníquese, publíquese e insértese en el Boletín de las Leyes y Decretos del Gobierno y en el Boletín Oficial del Ejército – C. Ibáñez C. – Bmé. Blanche E.

MINISTERIO DE GUERRA

CONSEJO SUPERIOR DE FOMENTO EQUINO

Las instituciones que organizan corridas de vacas o rodeos a la chilena en los cuales el Consejo Superior de Fomento Equino instituya premios deberán ceñirse en todo el presente Reglamento para juzgar estas corridas o rodeos.

Cada vez que deba efectuarse uno de estos certámenes, el Jurado se impondrá detenidamente en este Reglamento y lo aplicará en todas sus partes para juzgar las corridas y asignar los puntos correspondientes.

Santiago, 4 de octubre de 1929.

E. Deichler M., Crl. y Presidente del Consejo Superior de Fomento Equino C. Calvert S., Secretario.

REGLAMENTO PARA JUZGAR LAS "CORRIDAS DE VACAS" en que se disputen premios instituidos por el Consejo Superior de Fomento Equino.

Art. 1°: Un jurado compuesto de una o de tres personas, juzgará el trabajo de cada pareja, asignándole en cada animal que corra, puntos buenos y malos conforme a lo dispuesto en los artículos siguientes.

El jurado en ningún caso podrá funcionar con dos personas, y las instituciones organizadoras del rodeo deberán, además, designar miembros suplentes para el caso que no concurran uno o más de los propietarios.

Art. 2°: Cada pareja deberá correr cuatro animales, correspondiéndole la primera atajada a cada caballo de la pareja alternadamente.

Las carreras de cada pareja deberán ser completas con dos atajadas del caballo delantero y una del que sale de arreo.

Entre las dos banderas de cada atajada, deben mediar ocho metros de distancia.

Art. 3°: El jurado puede disponer que una pareja cambie el animal que ha sacado, si fuere notoriamente empacadizo.

Art. 4°: El jurado calificará la carrera completa, desde la sacada del piño hasta la atajada, asignándole al final de las carreras de cada pareja los puntos que a continuación se indican:

a)   Se asignarán 3 puntos a las carreras en que el animal haya sido correctamente arreado y conducido en la cancha y atajado más atrás de la mitad del cuerpo.

b)   Se asignarán dos puntos a las carreras en que el animal es correctamente arreado y conducido en la cancha, pero atajado sólo más atrás de la paleta; y a aquellos en que siendo la atajada de la cadera, el arreo o la conducción adolezca de defectos que no importen falta.

c)   Se asignará un punto a las carreras en que la atajada sea de la paleta.

d)   No se asignará puntos a las carreras aunque hayan sido correctas, si la atajada ha sido de los cachos o envolviendo, o si la atajada fue antes de la bandera.

e)   El jurado podrá agregar un punto bueno más en cualquiera de las calificaciones anteriores, cuando el trabajo de los caballos en la cancha, cruzando y empujando el animal, haya sido muy bueno.

f)    Podrá, también, agregar otro punto bueno cuando la pareja saque por sí sola, correctamente, el animal del apiñadero.

Art. 5°: Se asignarán puntos malos en conformidad con la siguiente pauta:

1° La pasada del animal por entre los dos caballos en la cancha o en la atajada, 1 ó 2 puntos malos al criterio del jurado.

2° La atajada después de la bandera, 0 puntos ó 1 punto malo al criterio del jurado.

3° La mala recibida, 1 punto malo.

4° La ida del animal al piño por impotencia del caballo, 2 puntos cuando el caballo va entre la paleta y el cuadril y tres puntos cuando va más adelante.

5° La ida libre del animal en la carrera o en la atajada, 1 ó 2 puntos malos al criterio del jurado.

6° Las atajadas de golpe efectuadas por el caballo abierto del animal, serán penadas con 2 puntos malos.

Art. 6°: Las parejas que entran a la corrida y el capataz se someterán en todo a las órdenes y dirección del jurado, quien podrá excluir del certamen a los que no acaten sus órdenes o no guarden el debido respeto.

Art. 7°: Cuando todas las parejas hayan corrido cuatro animales a lo menos, el jurado sumará los puntos buenos y malos de cada pareja, restará la segunda suma de la primera y fijará, así, el número de puntos de cada pareja.

Si alguna de éstas excediere a las otras en más de dos puntos, será proclamada ganadora.

Si varias parejas no tienen diferencias mayores de 2 puntos, el jurado ordenará que corran dos animales más; hará el nuevo cómputo de los puntos; y proclamará vencedora a la que tenga mayor número. Si dos o más parejas tuvieran igual de puntos, declarará el empate y dividirá los premios entre las colleras empatadas.

Art. 8°: El corral en que se disputen estos premios tendrá la forma y dimensiones que se indican en el croquis pre-inserto; y deberá ser revestido de ramas flexibles, a lo menos en los ocho metros de cada atajada.

Noticias Relacionadas

Accesos Directos Rodeo

Bienestar Animal

Clasificatorios y Campeonato Nacional

Buscar Campaña

Reglamentos

Cuerpo de Jurados

Causas Tribunal de Honor

Asociaciones de Rodeo

Seguro de Accidentes

Circulares

Historico de Planillas

Historia del Rodeo

Manual de Embocaduras

Accesos Directos Criadores

Fomulario de Denuncia ABIGEATO

Asociaciones de Criadores

Manual de Buenas Practicas

Pruebas Funcionales

Criadores TV

Boletin Criadores

Desarrollado por Agencia PM Digital